
Libro coeditado con la Universidad San Dámaso (Madrid).
Esta obra presenta, a los treinta y siete años de la promulgación del Código de Derecho Canónico, y a los cinco de la promulgación de los motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus, la exposición y el estudio de la ley procesal de la Iglesia, según el método sistemático de los autores clásicos, bajo la luz, totalmente nueva, del Concilio Vaticano II, que quiere que todo el sistema de las leyes canónicas —no solo su derecho procesal— esté dominado por una exigencia típica de su ser: la primacía de la salus animarum. Entre las novedades que enriquecen esta publicación se encuentra el comentario a los nuevos cánones de la reforma del proceso matrimonial canónico, llevada a cabo por el papa Francisco; esta constituye una verdadera y propia refundación del proceso matrimonial, fruto de la necesidad de adecuar la legislación procesal a las nuevas exigencias que han surgido en la vida y misión de la Iglesia, hoy interpelada por los nuevos desafíos que plantea la sociedad actual.
Mons. Vito Pio Pinto, Decano de la Rota Romana, ha desempeñado un papel fundamental en la reforma del proceso matrimonial canónico como Presidente de la Comisión Pontificia instituida por el papa Francisco. Es también Presidente del Tribunal Supremo de Apelación del Estado de la Ciudad del Vaticano. Ha sido profesor en las Universidades de San Pablo (Ottawa), de Estrasburgo, en la Pontificia Universidad Urbaniana y en el Estudio Rotal. Fruto de su investigación son sus monografías sobre derecho procesal y administrativo canónico, la edición del comentario a los Códigos latino y oriental y a la constitución apostólica Pastor bonus, así como numerosos artículos publicados en las revistas canónicas de mayor prestigio.
DICION ACTUALIZADA Noviembre 2020 El instrumento que es el Código es llanamente congruente con la naturaleza de la Iglesia cual es propuesta sobre todo por el magisterio del Concilio Vaticano II visto en su conjunto, y de modo particular por su doctrina eclesiológica. Es más, en cierto modo puede concebirse este nuevo Código como el gran esfuerzo por traducir al lenguaje canonístico esa misma doctrina, es decir, la eclesiología conciliar. Y aunque es imposible verter perfectamente en la lengua canonística la imagen de la Iglesia descrita por la doctrina del Concilio, sin embargo el Código ha de ser referido siempre a esa misma imagen como al modelo principal cuyas líneas debe expresar él en sí mismo, en lo posible, según su propia naturaleza. Constitución apostólica Sacrae disciplinae leges
El Diccionario General de Derecho Canónico conjuga el rigor con la accesibilidad. Contiene 2.509 voces en siete volúmenes. Han colaborado en él un total de 583 autores de 33 países.
Quiere ser útil a quienes se dedican a cuestiones académicas, a los abogados en general, a los profesionales de la curia administrativa y judicial canónica, y a cualquier persona interesada en las cuestiones jurídicas o eclesiales.
El Diccionario aborda todos los aspectos del derecho canónico: derecho latino y oriental, derecho codicial y extracodicial, derecho actual y ius vetus, dogmática jurídica e historia del derecho, fuentes e instituciones.
El carácter general del Diccionario permite considerar también nociones con un vivo relieve en la escena cultural, como la familia, la sexualidad humana, la vida, la conciencia, la libertad o la dimensión pública de la religión.
Al escribir la historia suelen surgir personajes que influyen de manera decisiva en su tiempo, por lo que dicen o por lo que hacen. Alvaro d'Ors es uno de ellos, al entender su brillante actividad profesional como un servicio. Tercer hijo de Eugenio d'Ors (“Xenius”) y heredero del carácter humanista de su padre, fue catedrático de Derecho Romano en Granada, Santiago y Pamplona, y experto en Epigrafía y Papirología, Filología Clásica, Historia Antigua, Derecho Canónico y Teología Política. Sinfonía de una vida es el título que él mismo puso a un esbozo autobiográfico que redactó al recibir un premio. Su infancia y juventud en Barcelona y Madrid, el período de la guerra civil, su larga vida académica y sus años tras la jubilación constituyen una obra sinfónica ejecutada por diversos instrumentos, dirigidos por el deseo de hacer en cada momento lo que debía, sin esperas ni omisiones.
El oficio es regulado por las normas generales del derecho canónico (CIC, c. 145; CCEO, c. 936). Inspirado en el derecho romano y renovado por la tradición cristiana, es un elemento básico del sistema institucional de la Iglesia católica. En este libro se ofrece una síntesis de las principales cuestiones que afectan a los cargos públicos eclesiásticos. Algunas de ellas son tradicionales, pero otras, como la responsabilidad, la idoneidad y los sistemas de contratación, han cobrado actualidad desde que el acceso al oficio eclesiástico haya de-jado de estar reservado a los clérigos.
Profundizar y hacer reflexionar sobre el reconocimiento y protección
jurídica internacional de los derechos de la familia.
La primera parte, de carácter general, contiene una breve introducción a los derechos
humanos, su origen, fundamento y protección internacional. La segunda recoge el análisis de los
textos y documentos más recientes de la ONU que afectan a la familia. La tercera está dedicada a
los derechos fundamentales de la familia y su protección internacional en el ámbito de la ONU.
Son numerosas las preguntas a las que se podrá encontrar respuesta, como ¿Tiene derechos
la familia? ¿Cuáles son? ¿Cuál es el contenido y alcance de esos derechos? ¿Están reconocidos
adecuadamente en las Declaraciones y Tratados Internacionales? ¿A quién corresponde la
responsabilidad de protegerlos?
Se trata, en definitiva, de una obra original que busca definir los derechos humanos de la
familia y sugerir puntos de partida para mejorar su protección como elemento natural y
fundamental para la sociedad en la que vivimos.
El processus brevior coram Episcopo es una institución procesal nueva que viene a redescubrir una praxis presente en la Iglesia desde tiempos apostólicos: el ejercicio personal de la potestad judicial del Obispo. La reciente reforma implica aún más al Obispo en el ejercicio de la justicia y en el control de la actividad de su tribunal. En este libro "El proceso más breve ante el Obispo en la nueva normativa del M.P. Mitis Iudex Dominus Iesus. Su especialidad y pautas de desarrollo" se profundiza en los aspectos relativos a la potestad episcopal y se presentan los principios procesales que permiten contextualizar el instrumento del processus brevior en el conjunto del ordenamiento canónico. Se analiza detalladamente cada paso del proceso más breve, señalando aquellas disposiciones que pudieran haber sido configuradas de otra forma y dando pautas para el desarrollo del nuevo instrumento procesal introducido por el papa Francisco.
El libro ofrece un estudio histórico-canónico de las fuentes e iter redaccional de los cánones 1065 y 1066 del Código de 1917, que tratan del llamado matrimonio cum indignis (los que notoriamente abandonaron la fe, miembros de asociaciones condenadas, censurados y pecadores públicos). El estudio se completa con el análisis de tres pronunciamientos de la Santa Sede sobre la admisión al matrimonio de los que ignoran la doctrina cristiana (1918), de los miembros de sectas ateístas (1934) y de los comunistas (1949), llegando así hasta los umbrales del Concilio Vaticano II. Ante la situación pastoral de los que se acercan a las bodas con escasa fe personal, se busca una especie de verificación, a la luz de las fuentes, de la afirmación de la Exhortación apostólica Familiaris consortio de que establecer criterios de admisión al matrimonio que tengan en cuenta el grado de fe de los futuros contrayentes está en contradicción con la tradición eclesial. Se aporta la documentación inédita sobre la Codificación de 1917 y dos interpretaciones auténticas (de 1918 y 1934) encontrada en el Archivo Secreto Vaticano, el Archivo del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos y el Archivo Histórico de la Pontificia Universidad Gregoriana. Al final se realiza una síntesis conclusiva con algunas propuestas. El libro proporciona a la luz de las fuentes una contribución a la reflexión sobre la relación entre la fe y el matrimonio, pues los cánones correspondientes del vigente Código de 1983 reproducen sustancialmente los estudiados del Código de 1917.
Edición bilingüe comentada por profesores de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia de Salamanca.
Colaboradores de la 8ª ed.: Federico Aznar Gil, Myriam Cortés Diéguez, José María Díaz Moreno, Luis A. García Matamoro, José San José Prisco.
«El Código, en cuanto que, al ser el principal documento legislativo de la Iglesia, está fundamentado en la herencia jurídica y legislativa de la Revelación y de la Tradición, debe ser considerado instrumento muy necesario para mantener el debido orden tanto en la vida individual y social como en la actividad misma de la Iglesia» (Cons. Sacra Disciplinae Leges).
Edición actualizada y revisada y con nuevos comentarios a muchos cánonoces, incorporando las últimas modificiaciones legislativas introducidas en el tiempo del pontificado del papa Francisco, muy especialmente las relativas al proceso matrimonial canónico, (ha modificado íntegramente los cánones 1671-1691 del Código), la renuncia de obispos, la formación de los futuros sacerdotes, la reordenación de la vida contemplativa, la actualización de la disciplina sobre las universidades o facultades eclesiásticas, los procesos de canonización, o la introducción de algunas otras leves modificaciones disciplinares.
El lector encontrará en esta obra, además de los cánones del Código, un minucioso comentario por expertos en la materia, el apartado de fuentes y la versión española del índice oficial. El conjunto se completa con doce documentos, en apéndice, y un exhaustivo índice de materias.
Las funciones jerárquico-pastorales que ejercita el Párroco y las facultades a él atribuidas por las normas canónicas — especialmente en el ámbito administrativo — ¿son suficientes para identificarlo como sujeto de potestas regiminis? El presente estudio propone un análisis del “estatuto de función” del Párroco que permita ir más allá de las cuestiones doctrinales acerca de la “potestad” (sacra, de jurisdicción o de Orden) o de su mera “legitimación” y consienta — indicando su lugar específico — individuar su actividad jurídica en la Iglesia.
Biografia
DANIEL JUAN TORTOSA (Canals, 1970) Presbítero de la Diócesis de Valencia (España), obtuvo la licencia en Teología en 2012 y, posteriormente, cursó estudios en la Universidad Pontificia Lateranense (Roma) obteniendo la licencia (2015) y el doctorado (2017) en Derecho canónico. Actualmente es Párroco, Profesor de Derecho canónico y Defensor del Vinculo en la misma Diócesis.